
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió la venta en todo el país de un aceite de oliva, un dentífrico y un desinfectante para las piletas por considerar que no estaban debidamente registrados y que podían representar riesgos para la salud de los usuarios.
A través de las disposiciones 3521/2026, 3522/2026 y 3523/2026, publicadas este jueves en el Boletín Oficial, el organismo público prohibió el uso, comercialización, publicidad y distribución en todo el territorio nacional y en plataformas de venta electrónica de los mencionados productos.
Mediante la Disposición 3521/2026, la Anmat estableció las restricciones “por falsificación” para un producto que se encuentra rotulado como: “Aceite de oliva virgen extra, Blend Suave, marca Green Olive” en sus presentaciones por “1 L, 500 mililitros y 250 mililitros en botella PET, elaborado por Olivos del Sur, procedencia San Juan”.
Según la Anmat, “la firma Olivos del Sur S.A. notificó la comercialización de un producto falsificado que utiliza su marca, y los registros sanitarios correspondientes a su establecimiento y uno de sus productos”.
Por otro lado y con la firma de Luis Eduardo Fontana, titular del organismo nacional, la Anmat también avanzó con la restricción para la venta de un dentífrico “en todas sus presentaciones”. A través de la Disposición 3522/2026, la entidad informó que el producto se encuentra rotulado como “Dentífrico en polvo con carbón natural CARBON WHITE, lote: 2505/1, vencimiento 12/2027″.
La proscripción de la pasta dental llegó luego de que el Servicio de Productos Cosméticos e Higiene Personal, del mismo organismo, iniciara tareas de “fiscalización y monitoreo, resultando de dicha averiguación la presentación de datos falsos referidos a su inscripción sanitaria”.
Finalmente y mediante la Disposición 3523/2026, se vetó la comercialización “de todas las presentaciones de los productos identificados como desinfectante para piletas, clarificador para piletas y alguicidas para piletas; y todo otro domisanitario de la marca “Cloro Sophy”, hasta tanto se encuentren debidamente regularizados».
Además, el ente también prohibió la elaboración, uso, comercialización, publicidad y distribución en todo el territorio nacional y en plataformas de venta electrónica, de todas las presentaciones del producto insecticida para piletas de marca “BICH OVER – Piscinas». En ambos casos, ”por elaborar y comercializar productos domisanitarios sin habilitación ni registro de Anmat».
Fuente: La Nación






